Salario bruto, salario neto y coste de empresa
El salario neto es lo que percibe el trabajador tras las retenciones y aportaciones a su cargo. El IRPF retenido no es un coste adicional para la empresa: forma parte del salario bruto y la empresa se limita a retenerlo e ingresarlo. Lo que sí incrementa el coste son las cotizaciones a cargo de la empresa.
Qué paga la empresa a la Seguridad Social
| Concepto (contrato indefinido ordinario, 2026) | Tipo a cargo de la empresa |
|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60 % |
| Desempleo | 5,50 % |
| FOGASA | 0,20 % |
| Formación profesional | 0,60 % |
| MEI | 0,75 % |
| Subtotal antes de AT/EP | 30,65 % |
En los contratos de duración determinada ordinarios el tipo de desempleo a cargo de la empresa es del 6,70 %, por lo que el coste varía respecto del contrato indefinido.
- El tipo de AT/EP depende de la tarifa aplicable según la actividad.
- Pueden existir bonificaciones o reducciones aplicables a determinados contratos o colectivos.
- Existen bases mínimas y máximas de cotización que condicionan el cálculo.
- Puede intervenir la cotización adicional de solidaridad y otras particularidades contractuales.
Ejemplo ilustrativo
Este ejemplo no incluye la prima por contingencias profesionales ni otras posibles particularidades y no debe utilizarse como presupuesto laboral definitivo.
Por qué dos trabajadores con el mismo bruto pueden costar distinto
Porque cambian el tipo de contrato, la actividad y su tarifa de AT/EP, las bonificaciones aplicables, la jornada, la estructura salarial y los conceptos que integran o no la base de cotización.
Qué conviene calcular antes de contratar
- Convenio colectivo aplicable.
- Categoría o grupo profesional.
- Salario y estructura retributiva.
- Número de pagas y su prorrateo.
- Modalidad de contrato y duración.
- Actividad y tarifa de AT/EP.
- Bonificaciones o reducciones aplicables.
- Jornada y calendario.
Fuentes y referencias
La información contenida en este artículo es de carácter general y se basa en la normativa y criterios disponibles en la fecha de su última revisión. No sustituye el análisis de las circunstancias particulares de cada contribuyente o empresa.